21 de Diciembre de 2025
 
21 de Diciembre de 2025
 
¿Sabias que Veracruz tiene Ley contra el ruido? regula horarios, límites y sanciones por contaminación sonora
Vigente desde 1942 y reformada en 2018, la Ley número 59 busca proteger la salud y tranquilidad pública, estableciendo multas de hasta 50 UMAs por infringir normas de ruido en zonas urbanas.

Xalapa, Ver. - Vigente desde 1942 y reformada en 2018, la Ley número 59 busca proteger la salud y tranquilidad pública, estableciendo multas de hasta 50 UMAs por infringir normas de ruido en zonas urbanas. /

Redacción Bitácoras Políticas | Xalapa, Ver. | 17 Jun 2025

En el estado de Veracruz está en vigor una ley específica que regula la producción de ruidos molestos en espacios públicos y privados. Se trata de la Ley Contra el Ruido, publicada originalmente en 1942 y reformada por última vez el 23 de agosto de 2018, la cual establece lineamientos precisos sobre niveles sonoros permitidos, horarios de operación y sanciones para quienes los excedan.


El marco legal, sustentado en la Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994, aplica a fuentes como vehículos, industrias, establecimientos comerciales y eventos musicales, e impone restricciones especialmente entre las 22:00 y las 07:00 horas. Su propósito es prevenir afectaciones a la salud, al descanso y a la convivencia comunitaria, responsabilizando a autoridades municipales y estatales de su aplicación y vigilancia.


De acuerdo con esta legislación, se considera infracción cualquier emisión sonora que exceda los niveles establecidos o que, por su naturaleza, frecuencia u horario, genere molestias al vecindario. Esto incluye el uso de claxon innecesario, música a alto volumen, bocinas comerciales, cohetes, “gallos”, serenatas, propaganda con altavoces y maquinaria industrial.


Las multas por incumplimiento van desde 5 hasta 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), dependiendo de la gravedad y reincidencia. Asimismo, en casos de insolencia comprobada, la ley permite conmutar las sanciones económicas por arresto de hasta 72 horas.


La Procuraduría Estatal de Medio Ambiente es la instancia responsable de coordinar el cumplimiento de esta ley, en conjunto con las policías municipales, inspectores de tránsito y ayuntamientos, quienes deben emitir licencias y actuar en consecuencia. También se reconoce la acción popular, permitiendo a cualquier ciudadano denunciar infracciones.


Entre las disposiciones más estrictas están la prohibición de aparatos ruidosos cerca de hospitales, escuelas, bibliotecas u oficinas públicas, y la limitación de horarios para su uso: de 9:00 a 20:00 horas para propaganda comercial, y hasta las 23:00 horas en restaurantes, cantinas o sitios con licencia especial.


La reforma de 2018 reforzó estas medidas, ampliando las atribuciones municipales e introduciendo mecanismos de control como sellos oficiales en aparatos musicales. En caso de rotura de sellos o reincidencia, las autoridades están facultadas para cancelar licencias y ordenar el retiro de equipos sonoros.


Los ayuntamientos tienen la obligación de adecuar sus reglamentos a la ley estatal y garantizar su observancia. En los casos no previstos, corresponde al presidente municipal emitir resolución conforme a criterios de protección ambiental y derechos vecinales.


La Ley Contra el Ruido en Veracruz representa un instrumento vigente para el combate a la contaminación acústica, cuyo respeto es clave para mejorar la calidad de vida urbana, preservar la salud auditiva y garantizar un ambiente más armónico para todas y todos.