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Congreso designa representantes para elección de agentes y subagentes municipales en Veracruz
La Diputación Permanente avaló nombramientos ante juntas municipales electorales y autorizó procedimientos para 205 ayuntamientos y un concejo; los cargos se ejercerán de mayo de 2026 a abril de 2030.

Xalapa, Ver. - La Diputación Permanente avaló nombramientos ante juntas municipales electorales y autorizó procedimientos para 205 ayuntamientos y un concejo; los cargos se ejercerán de mayo de 2026 a abril de 2030. /

Redacción Bitácoras Políticas | Xalapa, Ver. | 25 Feb 2026

La Diputación Permanente del Congreso de Veracruz aprobó el Proyecto de Punto de Acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) para designar a las personas representantes del Poder Legislativo ante las juntas municipales electorales encargadas de la elección de agentes y subagentes municipales. En la misma sesión se avalaron los procedimientos que aplicarán 205 ayuntamientos y un concejo municipal para realizar estos comicios.


De acuerdo con el dictamen aprobado, el representante del ayuntamiento fungirá como presidente de la junta municipal electoral; el designado por el Congreso del Estado actuará como secretario; y el vocal de Control y Vigilancia del Consejo de Desarrollo Municipal participará como vocal, todos con derecho a voz y voto.


El Acuerdo instruye a la Secretaría General del Congreso a expedir los nombramientos correspondientes ante las juntas municipales electorales. El listado completo de personas designadas por municipio puede consultarse en el Anexo C de la Gaceta Legislativa número 80, disponible en el portal oficial del Congreso del Estado.


En cumplimiento de la fracción II del artículo 174 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, las y los legisladores avalaron los procedimientos determinados en las convocatorias municipales, conforme a lo previsto en el artículo 173 del mismo ordenamiento.


Los métodos contemplados por la ley para la elección en centros de población son: auscultación, consulta ciudadana o voto secreto. Estos mecanismos deberán aplicarse según lo establecido en cada convocatoria municipal.


Las y los agentes y subagentes municipales que resulten electos desempeñarán el cargo durante el periodo constitucional comprendido del 1 de mayo de 2026 al 30 de abril de 2030.


Con esta determinación, el Congreso da cauce institucional al proceso para renovar autoridades auxiliares en los municipios del estado, bajo el marco normativo vigente y con participación formal de representantes del Poder Legislativo en las juntas electorales locales.

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